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ASESORÍA CONTABLE, FISCAL Y LABORAL
LA PALMA DEL CONDADO (HUELVA)

Cuidado con los alquileres turísticos

25 junio, 2018
 

Hacienda ha empezado a vigilar que en los casos de alquiler por temporadas de apartamentos en playa o montaña, pisos, casas rurales, etc. entre particulares se declaren correctamente en la renta.

Para localizar parte de estos arrendamientos está usando herramientas informáticas propias de la AEAT. Estas herramientas permiten filtrar la información de plataformas de alquiler turístico como son AirbnbHomeaway o Niumba.

La AEAT hace un cruce de información de las deducciones y los datos obtenidos de consumos eléctricos en viviendas que se declaran que están vacías. ¡No tiene sentido tener consumo y declararla como vacía!

Si la AEAT entiende que puede estar arrendada,  puede visitar la vivienda para comprobarlo. Y en caso de que no se haya declarado el alquiler puede imponer una sanción de al menos el 50% de lo no ingresado más los intereses de demora.

Importante: Algunos propietarios no son conocedores que si se declaran se pueden beneficiar de una reducción del 60% de los rendimientos netos obtenidos y desgravarse de algunos gastos (IBI, basura, comunidad, etc.).

Como novedad para el renta del 2016 (a presentar en 2017), se puede aplicar la reducción del 60% cuando el inquilino es una sociedad, si se cumplen determinados requisitos.

No obstante el criterio que establece la consulta de la DGT 1114-11 puede diferir de lo comentado anteriormente, por lo que se recomienda analizar cada caso para evitar sanciones. Por lo que antes de aplicar la reducción consultarlo con alguien cualificado para que analice tu caso en concreto.

Si este es tu caso, y tienes alquilada una vivienda para uso turístico, considero que debes conocer como te afecta la fiscalidad, con el fin de hacerlo de forma correcta y evitar sanciones.

Importante: ¿Sabes que los bancos deben responder de las cantidades entregadas por los compradores de vivienda que no hayan sido ingresadas en una cuenta especial ni avaladas por el promotor?. Si conoces alguien que fue víctima y entregó cantidades a cuenta de una vivienda y las perdió, ahora las puede recuperar. Lee nuestro artículo sobrecómo recuperar las cantidades entregadas a cuenta de una vivienda.

Toda la normativa al respecto en el siguiente enlace:

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Historico/La_tributacion_de_los_alquileres_turisticos.shtml